Los spots de Xóchitl Gálvez no cumplen en indicar su calidad de precandidata de manera expresa, lo cual debe ser tanto por medios gráficos como auditivos, por lo que la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió que los materiales denunciados pueden configurar una sobreexposición de la precandidata del Frente Amplio, por lo que ordenó sustitutirlos a la brevedad.
La medida cautelar dictada responde al análsis que hizo dicha instancia tras la queja que presentó el partido Morena, que denunció que los mensajes de Gálvez Ruiz y los Partidos Acción
Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD) no señalan el estatus de la denunciada, es decir, de precandidata, por lo que constituyen posible calumnia, además de que aparece un menor de edad.
De esta forma, no cumplen con lo que establee el artículo 211,
numeral 3 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales
(LGIPE), donde se indica que se debe puntualizar la calidad de precandidata de Xóchitl Gálvez de forma clara.
Sobre la presunta aparción de un menor, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, concluyó improedente cancelar dicho spot porque a imagen no corresponde a una persona menor de edad.