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    LA VOTACIÓN DE JUECES EN MÉXICO:¿QUE SIGUE?/¿CÓMO SERA? PARTE 1

    Columna de Ricardo Galguera, especialista en Derecho Electoral @luirigal

    Por fin quedo firme en todos sus términos la próxima votación de Jueces, ya que como es del conocimiento público, la Suprema Corte de Justicia de la Nación recientemente determinó no invalidar dicha reforma debido a que no alcanzó los votos necesarios para poder analizar de fondo su constitucionalidad, luego entonces habrá “Proceso Judicial Electoral” el año entrante, algo nunca antes visto ni practicado en México en su era moderna, por lo que veremos un experimento extraño que a decir verdad, no tiene señales ni mucho menos pruebas de que su elección arrojará un mejor sistema de impartición de justicia, que es lo verdaderamente importante; y es que, el voto popular “per se”, por más democrático que sea no tiene evidencia de que acaba con la corrupción, como tanto se afirma por el Gobierno 4T; y para muestra nuestros legisladores por los que votamos, quienes ganan un dineral en el Congreso, no hay trasparencia de su trabajo ni rendición de cuentas con sus electores en sus distritos donde son electos, y se hacen ricos al amparo del poder al apoderarse abusivamente de recursos públicos sin que la corrupción política se cancele, de lo cual somos testigos cada  sexenio.

    Entonces, la votación democrática de Diputados o Senadores, ¿cancela la corrupción? Pues no!. En consecuencia, el que se elijan jueces por medio del voto popular, lamentablemente no va cambiar las cosas, ya que no hay evidencia de que eso pase con los votos de la gente, por lo que desafortunadamente la impartición de justicia no será mejor.

    Además de que ni el partido Morena ni el Gobierno han presentado a la fecha un diagnostico que demuestre que la votación “per se” por jueces terminara con la corrupción, lo que nos hace cuestionarnos que la idea era más bien quitar a los jueces actuales por ser incomodos al régimen, para poner a los afines y que estos no se metan con el poder en turno. Pero bueno, ¿qué sigue?, aquí los pasos a seguir para que tengamos una idea de lo complejo que será para los ciudadanos la elección tan sólo de “9 Ministros de la SCJN”, el próximo año:

    1.- Según la reforma, la votación será en 2025, en el mes de junio, su primer domingo. Por lo que serán electos: Jueces Federales de Distrito, Magistrados Colegiados Federales, Ministros de la SCJN, Magistrados del Tribunal Electoral y Magistrados del nuevo Tribunal de Disciplina.

    2.- A partir de la entrada en vigor de la reforma, (ya fue publicada en el D.O.F. el pasado 15 de septiembre del 2024) el Senado emitirá la convocatoria para que todos los Abogados interesados se anoten (con y sin experiencia: esto es gravísimo).

    3.- Así que quienes quieran ser “Jueces Federales” por votación, pueden participar con o sin experiencia alguna (la reforma no exige experiencia mínima).

    4.- Por lo que los interesados que carezcan de experiencia pueden ser “Jueces Federales” sin experiencia con solo ganar la elección si son populares, por ejemplo, estudiantes recién egresados de Derecho, o Abogados veteranos pero sin experiencia alguna en litigio o en procesos judiciales ante los tribunales. Entonces quienes van a ser “Jueces Federales” es muy probable que no lo serán los mejores sino los más populares.

    5.- Y para poder registrarse los aspirantes deben acreditar “5 cartas de recomendación de sus vecinos o sus amigos colegas” (no importa quien es el vecino o los amigos o la reputación de estos), más un ensayo de 3 cuartillas, y evidentemente su Título de Licenciados en Derecho (no importa si es de escuela de dudosa procedencia o nulo reconocimiento).

    6.- Pero para quienes quieran ser “Ministros de la SCJN o Magistrados Colegiados o del Tribunal Electoral”, “si se debe tener experiencia de 5 años y de 3 años respectivamente”, y por igual deben acreditar “5 cartas de recomendación, más un ensayo de 3 cuartillas, y evidentemente su Título de Licenciados en Derecho (que por igual no importa si es de escuela de dudosa procedencia o nulo reconocimiento).

    7.- Después de inscritos los interesados, un Comité de Especialistas (habrá un Comité en el Poder Ejecutivo, un Comité en el Legislativo y un Comité en el Judicial de 5 personas por cada comité) harán una selección de “10 personas” que a su parecer sean las mejores “por cada cargo/o vacante a elegir” para el caso de “Ministros y Magistrados del Tribunal Electoral”.

    8.- Y también esos mismos Comités seleccionarán a “6 personas” que a su parecer sean las mejores “por cada cargo y/o vacante a elegir” para el caso de “Jueces Federales de Distrito y Magistrados Colegiados” (más adelante daremos los números aproximados de los cientos de registros que puede haber en cada circuito, lo que apunta a que será enormemente desastroso).

    9.- Así que derivado de que efectivamente pueden ser cientos las personas inscritas para ser los nuevos Jueces Federales (porque quien no va querer ser juez federal sino se requiere experiencia y con un jugoso salario), los mejores perfiles seleccionados por los Comités (las 10 personas para ser Ministros por cada cargo y/o vacantey 6 respectivamente para ser Jueces o Magistrados seleccionadas por cada cargo y/o vacante”), pasarán a la famosa “Tómbola” para eliminar a la mayoría de aspirantes y quedar como sigue:

    a).- Por lo que hace a los cargos de Ministros de la SCJN. Los ganadores de la Tómbola que pasan a la siguiente ronda serán 3 personas por cada cargo y/o vacante”, es decir, de los 10 mejores seleccionados por cada cargo vacante en la primera ronda, serán eliminados 7 por la cruel Tómbola, lo que implica que en el caso del Poder Ejecutivo gracias a la Tómbola podrá postular para la elección de Ministros “3 personas por cada cargo y/o vacante”. Por lo que si tomamos en cuenta que la SCJN estará compuesta ahora por 9 Ministros, entonces tan sólo el Poder Ejecutivo podrá postular hasta “27 personas en la Boleta” para competir en la elección ciudadana (3 personas por cada cargo vacantes de los 9 que se elegirán).

    b).- Mientras que la misma regla de selección y tómbola aplicará el Comité del Poder Legislativo y el Comité del Poder Judicial.

    c).- Lo que quiere decir que tan solo “para la elección de vacantes del cargo de Ministros”, los Poderes de la Unión postularán hasta “un total de 81 candidatos en una boleta”, es decir, “27 candidatos postulados por cada poder” (enlistados). Y es que esa es la esencia de la ocurrente modalidad, que cada poder presente sus “candidatos enlistados” para que estos compitan entre si y que entonces los que ganen la mayoría de votos, se queden con los puestos. “Por lo que, como se puede apreciar, “habrá 81 candidatos a Ministr@s de la SCJN” tan sólo en una Boleta Electoral que habrá que tachar o anotar.”

    Así que la pregunta que salta es, como haremos los ciudadanos para saber ¿quiénes de los 81 candidatos que competirán, son los mejores para ser los nuevos 9 Ministros de la SCJN?. ¿Habrá la posibilidad de conocerlos a todos?

    Y lo peor de todo cuando todos ellos ofrecerán lo mismo (porque no pueden ofrecer nada diferente), esto es, ser mejores juzgadores, NO SER CORRUPTOS (obvio), ser más respetuosos, más atentos y estudiosos, más humanos, ser totalmente imparciales, más expeditos con sus sentencias, más organizados y cosas por el estilo del ámbito de competencia.

    Porque lo cierto es que no se pueden salir del guion, es decir, no pueden ser tan ocurrentes para ofrecer algo distinto como los candidatos a Diputados que si tienen manga ancha para ofrecer lo que sea, aunque no lo cumplan. Es más, ni siquiera podrán ofrecer procedimientos más expeditos, dado que los Tribunales no cuentan con los presupuestos suficientes para poder contratar más personal.

    Por tanto, otra pregunta que salta es, ¿ganarán entonces los más populares? o ¿aquellos por su experiencia y antecedentes profesionales?, o bien, ¿quién hable mejor?, ¿por su imagen o apariencia?, ¿el más guapo?, o ¿el más conocido por ser un personaje a fin al gobierno?, o ¿quién tenga la capacidad para sacar a votar militantes de los partidos políticos? sin importar sus antecedentes o experiencia; mientras que la justicia como tal o el combate a la corrupción no será lo más importante del ejercicio.

    Luego entonces no queda claro, como se dijo al principio del presente texto, como es que la votación de jueces cancelará la supuesta corrupción y arrojará una mejor impartición de justicia, cuando más bien se corre el riesgo latente que quienes ganen no sean lo mejores perfiles, sino los más populares afines al gobierno, sin que importen sus antecedentes, calidad moral, experiencia y conocimientos.

    Y si lo anterior sonó confuso, imagine usted la votación de cargos vacantes de Jueces Federales de Distrito porEspecialización de Materia” que también habrán de votarse, lo cual indiscutiblemente será todo un galimatías, ya que tan sólo en “el Primer Circuito Judicial del país” que corresponde a la Ciudad de México, tenemos “81 Jueces Federales” en distintas materias especializadas (en materia Laboral, Penal, Administrativa, Civil, Mercantil, en Concursos Mercantiles, en Competencia Económica, en Extinción de Dominio, en Ejecución de Penas y Procesos Penales); y lo anterior sin contar al total de Jueces y Magistrados Colegiados que hay en el resto de los “32 Circuitos Judiciales” de toda República Mexicana. Por lo que en la segunda parte de este articulo abordaremos esa mecánica del número total de Jueces Federales y Magistrados que habremos de votar en otra Boleta Electoral. Una locura!

    Mtro. Luis Ricardo Galguera Bolaños

    Especialista en Derecho Electoral

    @luirigal

    Ricardo Galguera
    Ricardo Galguerahttp://LosReyesDelAmparo.com
    Especialista en Derecho Electoral

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